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Facturación electrónica: será obligatoria la inclusión del código QR.

¿Qué es un código QR?

Un código QR es un código de barras bidimensional cuadrada que puede almacenar los datos codificados. La mayoría del tiempo los datos es un enlace a un sitio web (URL).

Generador de Códigos QR Codes

Incorporación a los comprobantes electrónicos

Como lo explica la Administración Federal de ingresos públicos (AFIP) mediante la Resolución General 4892/2020 será obligatorio para todos los comprobantes electrónicos incorporar la identificación de un código de respuesta rápida “QR” que codificara los datos indicados por la AFIP en la sección QR de su página web.

Este código de respuesta rápida deberá sustituir a los códigos de barras que se generan al final de los comprobantes electrónicos de pago a través del sistema de facturación en línea de la AFIP.

Al escanear el código «QR” con una cámara estándar de un dispositivo celular, tablet o similar con acceso a internet, el receptor del comprobante electrónico accederá al detalle de la información incorporada.

Nuevo formato de facturacion electrónica con código QR

Plazos de incorporación

Para quienes utilicen el método de emisión vía “Web Service” la fecha de entrada en vigencia de esta RG son las siguientes:
Responsables Inscriptos: según el monto total de operaciones (gravadas, no gravadas y exentas) del 2020 netos de impuestos y tasas:

Total de operaciones 2020 Fecha
Superior a $ 10.000.000
desde el 1 de marzo de 2021
Entre $ 2.000.000 y $ 10.000.000
desde el 1 de abril de 2021
Entre $ 500.000 y $ 2.000.000
desde el 1 de mayo de 2021

El resto de los responsables inscriptos, sujetos exentos e inscriptos en el Monotributo: a partir del 1 junio de 2021.

Prana gestión se actualiza para cumplir con la resolución vigente.

La ultima actualización de nuestro sistema Prana Gestión se ajusta a la normativa próxima a entrar en vigencia. 

Los comprobantes electrónicos de formato A4 y 80mm incluirán en su impresión el código QR establecido por la Administración Federal de ingresos públicos (AFIP) mediante la Resolución General 4892/2020.

 

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