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Factura A : Nueva reglamentación para responsables inscriptos y monotributistas

¡Atención Monotributistas!

La AFIP reglamenta la Factura A para ventas realizadas de Responsables Inscriptos hacia monotributistas.

La administración federal de ingresos públicos (AFIP) confirmo que en los próximos días se publicara una nueva resolución general relacionada a la facturación y en relación a las modificaciones de la ley n° 27618.

Según el primer párrafo del artículo número 39 de la ley N° 27618 sustituido recientemente por lo siguiente:

Cuando un responsable inscripto realice ventas, locaciones o prestaciones de servicios gravadas a consumidores finales, no deberá discriminar en la factura o documento equivalente el gravamen que recae sobre la operación. El mismo criterio se aplicará con sujetos cuyas operaciones se encuentran exentas, excepto que revistan la condición de inscriptos o inscriptas en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes establecido por el Anexo de la Ley N° 24.977, sus modificaciones y complementarias.

Articulo 39

Ley N°27618

En pocas palabras, los sujetos adheridos al régimen simplificado (monotributistas) recibirán sus comprobantes, por compras a responsables inscriptos, con el IVA discriminado.  Gracias a esto, podrán computar el crédito fiscal pagado para los distintos procedimientos establecidos en el presente proyecto de ley.

De acuerdo a lo que informo la administración federal de ingresos públicos (AFIP), cuando se realicen operaciones donde un Responsable Inscripto en IVA le facture a un Responsable Monotributista, el comprobante deberá ser de clase “A” y se discriminara el impuesto al valor agregado. Sumado a esto, se deberá incluir una leyenda que se conocerá en la futura reglamentación a la que hacemos alusión en esta publicación.

Controladores fiscales

Respecto a la emisión mediante controladores fiscales, aún no está claro cómo será la implementación ya que muchos controladores fiscales no soportan la emisión de facturas “A” a monotribustistas. Seguramente muchos fabricantes deberán lanzar actualizaciones que permitan esta operación. 

Libro de IVA digital

Para finalizar, con respecto al libro de IVA digital, se informara de manera inmediata en la primera etapa de implementación las adecuaciones que solicite la reglamentación a través de los campos de ajuste.

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